10 de diciembre de 2009 |
El Tribunal Supremo falla a favor de los clubes en el IVA de los contratos de imagen
La sentencia da la razón al Barça y permite recurrir a empresas y profesionales
Los otros clubes interesados pueden pedir al Alto Tribunal que unifique la doctrina
El Tribunal Supremo, mediante sentencia de 15 de octubre de 2009, ha dado la razón al FC Barcelona en un viejo contencioso derivado de las inspecciones abiertas con motivo de los pagos de los clubes de fútbol a los jugadores profesionales a través de los llamados contratos de imagen.
La Agencia Tributaria consideró que esas retribuciones debían ser consideradas parte del salario y, por lo tanto, tributar a través del IRPF–, lo que abrió la puerta a la reclamación del IVA.
El Barça recurrió alegando que Hacienda debía permitir la deducción del IVA ligado a los contratos de imagen o reconocer el derecho a la devolución en favor del club. El Tribunal Supremo ha estimado su recurso, lo que sienta un precedente que podrá ser aprovechado por el resto de clubes.
La Sala de lo contencioso-administrativo del TS anuló, en consecuencia, la sanción de casi 138.000 euros que se le había impuesto al club catalán por no haber repercutido el IVA.
Se prevé que los otros clubes interesados recurran en casación al Supremo para pedir la unificación de doctrina, ya que aún no puede considerarse que la única sentencia dictada siente jurisprudencia.
El Barça calcula que ingresará en concepto de devoluciones unos 7,5 millones de euros: 3 millones por la cuota indebidamente retenida más unos 4,5 millones de intereses.
El intento de los clubs de fútbol de ser competitivos a la hora de fichar y pagar a los mejores llevó a las entidades a inventarse los contratos de imagen. Era finales de los 80 y Hacienda no tragó. El fisco realizó una inspección generalizada de los clubs que derivó en un largo proceso y en una sentencia: los pagos en imagen eran en realidad parte del salario y debían tributar al tipo correspondiente del IRPF. Eso ya es historia. Ahora el Supremo falla a favor de los clubs, que pueden recuperar el IVA de los contratos de imagen.
TEXTO ÍNTEGRO DE LA SENTENCIA
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Modificado el ( 14 de diciembre de 2009 )
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