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19 de septiembre de 2009
Real Decreto por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 641/2009 que regula los procesos de control de dopaje

Real Decreto 1462/2009, de 18 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 641/2009, de 17 de abril, por el que se regulan los procesos de control de dopaje y los laboratorios de análisis autorizados, y por el que se establecen medidas complementarias de prevención del dopaje y de protección de la salud en el deporte.

 
El Consejo de Ministros aprobó hoy (18.09.09) un Real Decreto por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 641/2009 que regula los procesos de control de dopaje y establece medidas complementarias de prevención y de protección de la salud de los deportistas.

Con vista a Madrid 2016
 
Según informó el Consejo Superior de Deportes (CSD), la modificación tiene como objeto "reforzar" la candidatura de Madrid 2016, además de "despejar cualquier duda sobre la adecuación del RD 641/2009 al Código Mundial Antidopaje y solventar con carácter definitivo la salvedad de la Comisión de Evaluación del COI en torno al total cumplimiento del Código por las autoridades deportivas y antidopaje españolas".
 
Controles antidopaje
 
El nuevo texto, por iniciativa del CSD y a propuesta del Ministerio de la Presidencia, "matiza la franja horaria para realizar los controles fuera de competición", que no podrán hacerse entre las once de la noche y las seis de la mañana, y "aclara las causas excepcionales que justifican los controles nocturnos".
 
En la redacción inicial el Real Decreto 641/2009, de 17 de abril, establecía que los controles fuera de competición no podían "iniciarse ni realizarse durante una franja horaria comprendida entre las 11 de la noche y las ocho de la mañana".
 
La modificación también concreta la definición de "control en competición", que abarca desde 12 horas antes de la participación del deportista hasta la finalización de la misma y el proceso de recogida de muestras relacionado con ella.
 
Con esta iniciativa "el Gobierno quiere reforzar la candidatura de Madrid 2016" y muestra "una vez más su firme y decidido apoyo a Madrid para organizar los Juegos de 2016".
 
Para el CSD "esta reforma garantiza la plena adecuación del RD 641/2009 al Código Mundial Antidopaje y a la normativa internacional que lo desarrolla", por lo que "la delegación española acudirá el 2 de octubre a Copenhague para defender la candidatura de Madrid con el aval de los órganos internacionales en materia de lucha contra el dopaje, una vez aclarados los aspectos señalados en su día por la Comisión de Evaluación del COI".
 
Dicha Comisión expresó en el informe que hizo público el 2 de septiembre sobre las cuatros ciudades candidatas a los Juegos que durante su visita a Madrid en mayo no pudo determinar si la legislación antidopaje española aprobada en abril está en total conformidad con el Código de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) y advirtió que era "importante que ese punto sea aclarado".

FUENTE: LFP


TEXTO DEL REAL DECRETO PUBLICADO EN EL BOE

 
Modificado el ( 19 de septiembre de 2009 )
 

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