OPINIÓN

LA LEY CONCURSAL O EL COMIENZO DE UN NUEVO CICLO EN EL DEPORTE PROFESIONAL ESPAÑOL? 

Por Antonio Aguiar Díaz

Director de Iusport, el Web Jurídico del Deporte

Secretario del Comité Canario de Disciplina Deportiva

Secretario de la Junta Canaria de Garantías Electorales del Deporte

Es un secreto a voces que la práctica totalidad de los clubes profesionales españoles atraviesan por una situación económica insostenible. La bola de nieve sigue creciendo y todo apunta a un nuevo punto de inflexión, como aconteciera a principios de la década de los noventa, con la reconversión de los clubes profesionales en sociedades anónimas deportivas.

Sin pretenderlo los legisladores, pues fue concebida para el mundo mercantil propiamente dicho, la nueva Ley Concursal, que entró en vigor el 1 de septiembre de 2004, ha comenzado a extender sus tentáculos sobre el deporte profesional, merced a su aplicación a las sociedades anónimas deportivas, siendo su primer inquilino la UD LAS PALMAS,S.A.D.

A nivel deportivo, la declaración judicial del concurso de acreedores ha supuesto, entre otras cosas, el forzado diligenciamiento por la RFEF de las fichas de jugadores y entrenador presentadas por UD LAS PALMAS, sin estar este club al corriente en sus obligaciones respecto a jugadores y técnicos anteriores, hecho sin precedentes y que tiene a todo el fútbol español expectante. La nueva ley solo reconoce como privilegiados los salarios de los últimos 30 días de trabajo anteriores a la declaración del concurso y en cuantía que no supere el doble del salario mínimo interprofesional, y los devengados con posterioridad a la declaración de concurso, así como los de indemnización por extinción del contrato de trabajo, acordada por el juez del concurso, los cuales tendrán la consideración de créditos contra la masa y serán satisfechos con preferencia respecto de los créditos concursales.

Digámoslo sin ambages, la aplicación de la ley concursal al deporte supone el comienzo de un nuevo ciclo que genera no pocas incertidumbres. Así, surgen muchos interrogantes: ¿cuántos clubes se acogerán a la ley concursal?; si ello ocurre, ¿cómo se tomarán los jugadores y entrenadores su nueva condición de meros acreedores ordinarios?; ¿qué actitud adoptarán la AFE y el Comité de Entrenadores de la RFEF?; ¿cómo afrontará la RFEF y la LIGA DE FÚTBOL PROFESIONAL el asunto, particularmente para continuar garantizando el cobro de sus haberes a jugadores y técnicos?; ¿qué posición adoptarán los clubes-SAD no declarados en concurso de acreedores y los no reconvertidos en SAD (imposibilitados para acogerse a la ley concursal)  que se consideren agraviados?

Si las resoluciones tomadas por el Jugado de lo Mercantil núm. 1 de Las Palmas se ven confirmadas en instancias superiores, es mas que probable que muchos clubes se vean inmersos en concurso de acreedores, bien porque lo soliciten sus administradores (de forma algo tardía y con eventuales consecuencias en lo personal) o instado por los acreedores. 

Nadie daba un euro por el club grancanario en el verano de 2004. Hubo incluso quien se tomó a mal la solicitud de concurso presentada por un grupo de acreedores del club al poco de la entrada en vigor de la nueva ley.

Sin embargo, la determinación del juez encargado del caso, JUAN JOSÉ COBO PLANA, titular del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Las Palmas, en aplicar hasta sus últimas consecuencias los principios inspiradores de la nueva ley, que se sintetizan en la búsqueda de formulas que hagan posible la supervivencia de la empresa afectada, ha supuesto una bomba de oxigeno y desencadenado todo un movimiento social y económico en torno a la entidad amarilla, que cuenta ya con mas de 20.000 abonados (recuérdese que el UD LAS PALMAS milita en Segunda B) y garantizado el pago de sus gastos corrientes hasta el final de la actual temporada. Por supuesto que aun queda la firma del convenio de acreedores, piedra angular de este proceso concursal, pero hay optimismo respecto al club amarillo por la buena predisposición del sector empresarial y la excelente respuesta de los abonados.

Si se consuma la avalancha de clubes acogidos a la ley concursal, estaremos en presencia de una alteración sustancial del status quo, habida cuenta que los créditos de toda índole, incluidos los salarios de jugadores y entrenadores, se situarán en igualdad de condiciones (y en cola) frente al deudor (el club), sin posibilidad por parte de la RFEF-LIGA de condicionar el diligenciamiento de licencias al previo pago de las deudas anteriores.

La gravedad de la situación aconseja lograr cuanto antes un gran pacto entre Consejo Superior de Deportes, RFEF, LIGA, clubes, jugadores y entrenadores, que de respuesta a la actual colisión entre las normas federativas y la legislación mercantil; en otro caso, estaremos expuestos a una etapa convulsa en la que no se descartan huelgas de jugadores y entrenadores, suspensiones y rescisiones de contratos (TV, publicidad, etc...), descontento social, etc…; y todo previsiblemente con mas virulencia que en otras crisis anteriores.

Desde el punto de vista estrictamente jurídico, aun es pronto para aventurar desenlaces, ya que ni siquiera disponemos de doctrina de las audiencias provinciales, a quienes compete revisar las resoluciones de los juzgados de lo mercantil. No obstante, el caso UD LAS PALMAS ofrece ya algunas piezas jurídicas interesantes, como el auto que insta a la RFEF el diligenciamiento de las licencias de varios jugadores y del actual entrenador CARLOS SÁNCHEZ AGUIAR (estando pendientes deudas con jugadores y técnicos anteriores), con apercibimiento a la federación de incurrir en delito de desobediencia y de ser embargada en cuantía de 40.000.000 euros si no atendía el requerimiento judicial, que finalmente atendió mediante una respuesta ambigua, manifestando que concedía las licencias hasta tanto se pronunciasen los tribunales (la RFEF se personó en el procedimiento concursal y anunció la interposición de recursos).

Esto no acaba sino de comenzar.

Febrero de 2005.