ORDEN del Ministerio de Economía y Hacienda, de 29 de mayo de 1986, por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a los Clubes de Fútbol.

BOE: 07/06/1986


La aplicación del Plan General de Contabilidad exige una serie de adaptaciones del mismo destinadas a Empresas y Entidades que por sus características específicas requieren ciertas normas especiales. En el marco de esta actividad, que viene realizando el Instituto de Planificación Contable de este Ministerio, son ya numerosas las adaptaciones sectoriales aprobadas que se aplican por aquellas Empresas que están obligadas legalmente a cumplir las disposiciones vigentes sobre planificación contable.

Por iniciativa del Consejo Superior de Deportes, un grupo de trabajo constituido al efecto, que ha venido funcionando en el Instituto de Planificación Contable, ha formulado unas normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las características específicas de los clubes de fútbol. Estas normas, sometidas a la superior decisión de este Ministerio, han sido objeto de informe favorable por la Comisión Permanente del Consejo Nacional de Contabilidad conforme a lo preceptuado en el artículo 4.º, 3, del Real Decreto 1982/1976, de 24 de agosto.

Por todo lo expuesto y con objeto de que las citadas Entidades puedan disponer de un texto preparado técnicamente para facilitar de forma normalizada, la correspondiente información contable, Este Ministerio ha acordado aprobar las normas que figuran seguidamente de adaptación del Plan General de Contabilidad a los clubes de fútbol, cuyas normas, en razón de su contenido y finalidad, no afectarán a las disposiciones que regulan el Impuesto sobre Sociedades o cualquier otro tributo.

Madrid, 29 de mayo de 1986.-SOLCHAGA CATALAN.

INSTITUTO DE PLANIFICACION CONTABLE

MINISTERIO DE HACIENDA

Clubes de fútbol

NORMAS DE ADAPTACION DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD

INTRODUCCION

1. Las presentes normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las especiales características de los clubes de fútbol se han formulado a petición del Consejo Superior de Deportes. Las tareas correspondientes han sido realizadas por un grupo de trabajo formado por expertos de dicho Consejo, de los clubes de fútbol, de la Intervención General de la Administración del Estado, de la Dirección General de Transacciones Exteriores y del Instituto de Planificación Contable.

En el curso de las reuniones de este grupo de trabajo se han estudiado profundamente las cuestiones que afectan a la materia, con el objetivo de conseguir un texto técnicamente capacitado para contabilizar las operaciones que realizan los clubes de fútbol. Y ello en el marco de los principios y criterios y de la estructura y sistemática del Plan General de Contabilidad.

Estas normas de adaptación contemplan, con el realismo que proporciona la experiencia cotidiana, las transacciones de las Entidades citadas con los diversos agentes económicos, facilitando al final del ejercicio mediante el adecuado proceso de cálculo, la información que contienen las cuentas anuales.

Obvio es decir que estas normas, como todas las formuladas por el Instituto, están abiertas para aceptar las modificaciones aconsejables en un futuro más o menos próximo. Todo dependerá de la evolución de los clubes de fútbol, de los cambios que experimenten en el tiempo sus propias variables, del progreso contable y muy especialmente de las sugerencias de profesionales y expertos apoyadas en sus observaciones al aplicar el modelo.

2. Importante es acotar el campo de aplicación de estas normas de adaptación.

En principio van dirigidas a los clubes de fútbol. No obstante, el Instituto de Planificación Contable entiende que también pueden ser aplicadas a otros clubes deportivos, aunque en algunos casos obviamente, habrá que dar a determinadas cuentas específicas de los clubes de fútbol una denominación adecuada.

En este sentido se entiende por clubes deportivos las asociaciones privadas con personalidad Jurídica y capacidad de obrar, cuyo exclusivo objeto sea el fomento y la práctica de la actividad física y deportiva, sin ánimo de lucro, tal como se establece en la Ley 13/1980, General de la Cultura Física y el Deporte.

3. La subordinación más estricta al Plan General de Contabilidad (PGC) ha presidido el trabajo de esta adaptación. Por ello en el cuadro de cuentas se mantienen algunas que pueden no ser utilizadas y se ha señalado con el signo (*) las propias de esta adaptación.

La segunda parte, definiciones y relaciones contables, contiene únicamente las correspondientes a las cuentas específicas que regularen una explicación.

Las principales cuestiones que desde un punto de vista contable se contienen en estas normas de adaptación se exponen a continuación.

4. El Fondo social, tal como establece el PGC, es el capital de las Entidades sin forma mercantil. Su situación en el balance y su movimiento son los establecidos para la cuenta 100 -Capital social- (capital escriturado en las Sociedades que revistan forma mercantil.

Por lo tanto, en esta cuenta se incluirán sólo las cantidades que los socios o abonados satisfagan como aportación de capital, ya que las demás que se destinan a sufragar los gastos del ejercicio se consideran ingresos y se contabilizarán en el grupo 7.

Por consiguiente los resultados obtenidos por el club estarán contabilizados en el subgrupo 11 -Reservas- o, en caso de ser negativos, en el subgrupo 13 hasta tanto no se decida por la Asamblea su traspaso al Fondo Social.

Ahora bien, en el primer ejercicio en que se apliquen estas normas de adaptación, el Fondo Social estará constituido por el patrimonio neto del club, sin que proceda, en su caso, contabilizar cantidad alguna en cuentas de reserva.

5. El Plan contempla la posibilidad de que los clubes doten una previsión para cubrirse de los riesgos económicos que puedan tener por circunstancias excepcionales durante la vida deportiva de los jugadores.

Dichas previsiones deben acomodarse, con la experiencia obtenida por cada club, para que cubran razonablemente dichos riesgos a fin de cada ejercicio.

El contenido y movimientos de esta previsión se explican en la cuenta 120 -Previsión para riesgos de contratos vigentes-.

6. Particular importancia tiene en los clubes de fútbol el tratamiento contable de los derechos de adquisición que se satisfacen para obtener el servicio de jugadores.

El Instituto de Planificación Contable es consciente de la dificultad que tiene el tratamiento contable de esta operación en el marco de los principios del PGC.

El criterio establecido ha sido considerar los gastos de adquisición de jugadores como un activo inmaterial cuya contabilización se efectuará en la cuenta 214 -Derechos de adquisición de jugadores-, al producirse dichos Rastos en virtud de una transacción con el mundo exterior y existir una cuantificación concreta de su importe.

Siendo esto así su tratamiento contable será el siguiente:

Dichos derechos deberán amortizarse anualmente, y durante la vigencia de cada contrato, considerándose que las amortizaciones de los mismos entran en el cuadro de la gestión normal de los clubes. Para ello se habilitan las cuentas 6814 -Amortización de los derechos de adquisición de jugadores- y 2814 -Amortización acumulada de los derechos de adquisición de jugadores-.

No obstante lo anterior, si el jugador causa baja por cualquier motivo que no sea el de su traspaso a otro club, el saldo pendiente de amortizar se cargará a la cuenta 820 -Resultados extraordinarios-, salvo que se hubiere dotado la previsión de la cuenta 120.

Si el jugador es traspasado a otro club, el saldo pendiente de amortizar se contabilizará como cargo en la cuenta 6814 y como abono en la 2814.

El Instituto de Planificación Contable ha adoptado la solución indicada por entender que el traspaso de jugadores forma parte de la actividad normal de los clubes. El criterio seguido para ello responde a una perfecta homogeneidad ya que únicamente en caso de bajas de jugadores producidas excepcionalmente, es decir por motivos distintos a los traspasos, las pérdidas originadas por las mismas se contabilizarán en la cuenta 820.

7. Un tema ampliamente debatido en el grupo de trabajo ha sido el de los gastos que realizan los clubes para la formación de sus jugadores. En el seno del mismo se contemplaron dos posibles opciones.

Según la primera, dichos gastos deben considerarse como un inmovilizado de carácter inmaterial, amortizándose en un plazo razonable, como sería, a título indicativo, el de cinco años.

Conforme a la segunda opción, los gastos indicados no deben tener la citada consideración, pues se trata de gastos propiamente dichos que habrán de figurar como tales en el correspondiente ejercicio.

Después de examinar detenidamente estas opciones, el grupo de trabajo se ha inclinado por adoptar la segunda. Y ello en base a una serie de motivaciones que de modo simplificado se exponen seguidamente:

La doctrina más moderna está concebida atribuyendo un gran protagonismo al principio contable de prudencia, una de cuyas manifestaciones afecta muy directamente al inmovilizado inmaterial. La creación de este inmovilizado, y, por tanto, su expresión en el balance, se contempla con un sentido muy restrictivo, e, incluso con limitaciones restringidas en cuanto a la permanencia de dicho inmovilizado en el activo. Siguiendo a la expresada doctrina el principio contable de prudencia conduce a que las cuentas anuales se inspiren en la máxima sanidad financiera, porque sólo así mediante dichos documentos, será posible expresar la imagen fiel de la Empresa. En perfecta armonía con lo señalado, hay que considerar también las dificultades que implica la cuantificación de los gastos que se examinan a efectos de su inscripción en el balance como inmovilizado inmaterial, porque tal cuantificación por los elementos muy plurales que en ella concurren, llevaría, en la mayor parte de los casos, a una valoración «forfataria» prevaleciendo apreciaciones duramente subjetivas, y carentes, por tanto, de una razonable solidez. Téngase en cuenta, además, que el inmovilizado inmaterial de que se trata podría alcanzar, en el curso del tiempo y en determinados casos, cifras muy elevadas por el hecho de incrementarse los gastos de cada ejercicio en cuantía mayor a la cuota de amortización de los mismos.

En la doctrina brevemente indicada toma su base la IV directriz de la CEE, cuyas disposiciones contienen, por aplicación del principio contable de prudencia, determinadas cautelas muy concretas sobre el inmovilizado inmaterial, como en general sobre la inscripción y permanencia en el activo de algunos gastos, estableciendo normas restrictivas sobre todos ellos.

En consecuencia, los gastos que realizan los clubes para la formación de sus jugadores no deberán inscribirse en el activo debiendo contabilizarse como tales en el correspondiente ejercicio.

No obstante, dada la especial característica que concurre en dichos gastos, los clubes que lo deseen podrán expresar en el anexo el importe realizado por este concepto en el ejercicio y un cálculo razonable y puramente indicativo sobre el valor de la plantilla de jugadores en la fecha de cierre de las cuentas anuales.

8. Obvio es decir que, en los clubes, el grupo 3 -Existencias- apenas tiene importancia por tratarse de unas Entidades encuadradas en el sector servicios. Por ello el desarrollo del citado grupo se ha establecido únicamente para posibilitar el inventario de determinados bienes adquiridos por los clubes y destinados, en general, al uso y consumo propios.

9. Dentro de cada tipo de gasto clasificado por naturaleza se posibilita el desglose por deportes (fútbol, baloncesto ...) para que así pueda obtenerse una información mas clara sobre todos y cada uno de los que realiza el club. El mismo criterio se aplica por lo que se refiere a los ingresos, los cuales además, podrán desglosarse por competiciones.

Obvio es añadir que el Plan es flexible, para que dentro de su estructura cada club abra las cuentas que crea convenientes para cubrir suficientemente las necesidades de información que puedan demandar los terceros interesados, así como para su propia gestión.

10. Dentro de los gastos y de los ingresos se incluyen cuentas específicas para contabilizar las relaciones financieras que los clubes tengan con otros clubes, ya sean filiales o no. Bien entendido que en dichas cuentas (Subgrupos 67 y 75) y en las del subgrupo 14, sólo se contabilizarán las subvenciones que puedan dar a otros clubes o recibir de éstos, siempre que tengan personalidad jurídica independiente.

En el caso de que un club tenga varios equipos de un mismo deporte se actuará, lógicamente, conforme al apartado 9 anterior.

11. Los ingresos que se produzcan por cesiones y traspasos de jugadores serán en todo caso contabilizados en las cuentas del subgrupo 72, para conocer así, en cada ejercicio, los ingresos totales obtenidos por dichos conceptos. En este subgrupo se contabilizarán, pues, todos los ingresos que se produzcan tanto por traspasos (cuenta 720) como por cesiones (cuenta 721), ya se trate de jugadores formados total o parcialmente en el club, como de jugadores adquiridos a terceros mediante el pago de un derecho.

Esta forma de operar responde a la idea de que los ingresos citados son consecuencia, en todo caso, de la Gestión normal del club.

12. Conforme a las prácticas internacionales, y para que el análisis financiero se armonice con las reglas usuales en los países industrializados, en estas normas, como en otras ya aprobadas, se distingue la noción del plazo largo y la del plazo corto, según que el período de tiempo que comprende la vida de las deudas a favor de la Entidad y de las deudas que ésta tenga con terceros exceda o no del año. En consecuencia, en el cuadro de cuentas de estas normas no se incluyen las correspondientes al plazo medio.

13. De acuerdo también con las prácticas y recomendaciones internacionales, el Instituto de Planificación Contable siente una gran preocupación por conseguir que las cuentas anuales sean la expresión de la imagen fiel del patrimonio de la Empresa, de su situación financiera y de sus resultados. Conforme a este modo de pensar, el Instituto trata de evitar interferencias de elementos extraños a los que condicionan el rigor como requisito básico de la información contable que produce la aplicación de un modelo muy cuidado como es el Plan General de Contabilidad.

Planteada la cuestión en el plano fiscal se observa que los autores del citado texto sintieron idéntica preocupación como muy bien puede advertirse con la lectura del apartado 8 de la introducción del Plan General.

Por ello, en esta adaptación se evita hacer referencia expresa a las denominadas «Cuentas fiscales».

Ahora bien, esta toma de postura por parte del Instituto no origina dificultad aleuna para los clubes de fútbol.

Cuando deban aplicar cuentas fiscales se atendrán a las disposiciones concretas de las propias reglamentaciones. La flexibilidad del Plan General de Contabilidad ofrece soluciones óptimas para los distintos supuestos que pueden presentarse, siendo tarea de profesionales y expertos la ubicación de cada una de las cuentas fiscales que hayan de abrirse en el grupo que lógicamente corresponde en armonía con las líneas que dibujan la estructura del cuadro de cuentas.

14. Es conveniente indicar igualmente que, por lo que afecta a la contabilización del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), los clubes de fútbol aplicarán las instrucciones aprobadas por Resolución del Instituto de Planificación Contable de 15 de noviembre de 1985 y publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» número 294, de 9 de diciembre siguiente.

15. Las presentes normas de adaptación son compatibles con la contabilidad de tipo presupuestario que, a efectos de previsión y control, puedan desarrollar los clubes. Dicha contabilidad quedará integrada en el grupo 0, el cual presenta la suficiente flexibilidad para abrir las cuentas que en cada caso convenga en armonía con las necesidades de Gestión de cada club.

16. Adaptado el Plan General de Contabilidad a las especiales características de los clubes de fútbol, el Instituto de Planificación Contable tiene la seguridad de que éstos van a disponer de un instrumento muy útil para su propia gestión. Además, la información normalizada que se obtiene con la aplicación del Plan va a conducir a que tales clubes formulen sus cuentas anuales con un contenido suficiente para responder cumplidamente a las demandas de los distintos agentes económicos y para perfeccionar las estadísticas nacionales.

PRIMERA PARTE

CUADRO DE CUENTAS

Grupo 1

FINANCIACION BASICA

Nota.-Las cuentas específicas del sector y aquellas otras que se introducen en las presentes normas de adaptación, no figurando en el Plan General de Contabilidad, van señaladas con el signo (*)

10. Capital

101. Fondo social (*).

11. Reservas.

112. Cuentas de Regularización o Actualización (*).

1120. Regularización, Ley ......

1121. Actualización, Ley ......

116. Reservas voluntarias.

1160. Reservas ordinarias.

1161. Reservas para amortizar obligaciones.

1162. Reservas por obligaciones amortizadas.

1164. Reservas para renovación de inmovilizaciones.

12. Previsiones.

120. Previsión para riesgos de contratos vigentes (*).

121. Para diferencias de cambio.

122. Autoseguro.

123. Por aceleración de amonizaciones.

13. Resultados pendientes de aplicación.

130. Remanente.

131. Resultado negativo del ejercicio 1.9 ...

14. Subvenciones en capital

140. Subvenciones oficiales.

1400. Del Consejo Superior de Deportes (*).

1401. De Comunidades Autónomas (*).

1402. De otras Entidades públicas.

141. Subvenciones de otros clubes (*).

1410. Del club A (*).

1411. Del club B (*).

142. Subvenciones de Entidades deportivas(*).

1420. De Federaciones (*).

1421. De la Liga Nacional de Fútbol Profesional (*).

143. Otras subvenciones.

15. Empréstitos.

150. Obligaciones y bonos simples.

1500. Obligaciones, emisión ......

1501. Obligaciones, emisión ......

1505. Bonos, emisión ......

1506. Bonos, emisión ......

1509. .......

152. Obligaciones y bonos garantizados.

17. Préstamos recibidos y otros débitos.

170. Préstamos a plazo largo.

1700. De Bancos oficiales.

1701. De Bancos privados.

1702. De Organismos oficiales.

1703. De personas o Entidades privadas(*).

1704. De Cajas de Ahorro (*).

1705. De Organismos internacionales.

1706. De Bancos e Instituciones financieras extranjeras.

1707. Con garantía hipotecaria o pignoraticia.

1708. De la Liga Nacional de Fútbol Profesional (*).

1709. De Federaciones (*).

175. Acreedores a plazo largo.

18. Fianzas y depósitos recibidos.

180. Fianzas a plazo largo.

185. Depósitos a plazo largo.

19. Situaciones transitorias de financiación.

195. Obligaciones y bonos pendientes de suscripción.

196. Obligaciones y bonos recogidos.

Grupo 2

INMOVILIZADO

20. Inmovilizado material.

200. Terrenos y bienes naturales.

2000. Solares sin identificar.

2001. Fincas rústicas.

202. Edificios y otras construcciones.

2020. Estadio (*).

2021. Pabellones deportivos (*).

2022. Local Social (*).

2023. Oficinas (*).

2024. Otros edificios y construcciones deportivas (*).

2029. Otros edificios y construcciones (*).

203. Maquinaria, instalaciones y utillaje.

2030. Maquinaria.

2031. Instalaciones.

20310. Eléctricas (*).

20311. Megafonía (*).

20312. Marcador electrónico (*).

20313. Vallas (*).

20314. Tornos (*).

2033. Utiles campo fútbol (*).

2034. Equipos, aparatos e instrumental médico asistencial (*).

204. Elementos de transporte.

205. Mobiliario y enseres.

2050. Mobiliario.

2051. Equipos de oficina.

2052. Material de oficina.

206. Equipos para procesos de información.

207. Repuestos para inmovilizado.

208. Otro inmovilizado material.

21. Inmovilizado inmaterial.

211. Propiedad industrial.

2110. Patentes.

2111. Marcas y nombres comerciales.

213. Derechos de traspaso de locales(*).

214. Derechos de adquisición de jugadores (*).

23. Inmovilizaciones en curso.

230. Adaptación de terrenos y de bienes naturales.

232. Edificios y otras construcciones en curso.

233. Maquinaria e instalaciones en montaje.

236. Equipos para procesos de información, en montaje.

25. Inversiones financieras permanentes.

250. Acciones con cotización oficial.

251. Acciones sin cotización oficial.

252. Obligaciones y bonos (*).

254. Préstamos a plazo largo.

2540. Al personal, para adquisición de vivienda.

259. Desembolsos pendientes sobre acciones.

2590. De Sociedades españolas, exigidos.

2591. De Sociedades españolas, no exigidos.

2595. De Sociedades extranjeras, exigidos.

2596. De Sociedades extranjeras, no exigidos.

26. Fianzas y depósitos constituidos.

260. Fianzas a plazo largo.

265. Depósitos a plazo largo.

27. Gastos amortizables.

270. Gastos de constitución.

271. Gastos de primer establecimiento.

274 Gastos de adquisición de inmovilizado.

275. Gastos de emisión de obligaciones y bonos y de formalización de préstamos.

2750. De emisión, modificación y cancelación de obligaciones y bonos.

2751. De formalización, modificación y cancelación de préstamos.

276. Gastos financieros diferidos.

278. Modificación de la paridad monetaria y del tipo de cambio (*) 279. Otros gastos amortizables.

2790. Gastos de instalación y acondicionamiento de locales arrendados (*).

28. Amortización del inmovilizado.

280. Amortización acumulada del inmovilizado material.

2800. De terrenos y bienes naturales.

2802. De edificios y otras construcciones.

2803. De maquinaria, instalaciones y utillaje.

2804. De elementos de transporte.

2805. De mobiliario y enseres.

2806. De equipos para procesos de información.

2808. De otro inmovilizado material.

281. Amortización acumulada del inmovilizado inmaterial.

2811. De propiedad industrial.

2814. De los derechos de adquisición de jugadores (*).

29. Provisiones (inmovilizado).

291. Provisiones para obras y reparaciones extraordinarias.

2910. Obra o reparación A.

2911. Obra o reparación B.

292. Provisión por depreciación de terrenos.

293. Provisión por depreciación de inversiones financieras permanentes.

294. Provisión para insolvencias.

2940. Saldo A.

2941 Saldo B.

Grupo 3

EXISTENCIAS

30. Material deportivo. (*).

300. Material A (*).

3000. Fútbol (*).

3001. Baloncesto (*).

3002. Balonmano (*).

301. Material B (*).

3010. Fútbol (*).

3011. Baloncesto (*).

3012. Balonmano (*).

32. Medicamentos y material sanitario de consumo. (*).

320. Medicamentos A (*).

321. Medicamentos B (*).

............

325. Material A (*).

326. Material B (*).

33. Material de propaganda. (*).

330. Material A (*).

331. Material B (*).

37. Materiales para consumo y reposición.

370. Combustibles.

371. Materiales diversos.

372. Repuestos.

373. Billetaje (*).

39. Provisiones por depreciación de existencias.

390. De material deportivo (*).

392. De medicamentos y material sanitario de consumo (*).

393. De material de propaganda (*).

397. De materiales para consumo y reposición.

Grupo 4

ACREEDORES Y DEUDORES POR OPERACIONES DE TRAFICO

40. Proveedores.

400. Proveedores.

4000. Proveedores (pesetas).

4001. Proveedores (moneda extranjera).

402. Proveedores, facturas pendientes de recibir o de formalizar.

408. Anticipos a proveedores.

41. Otros acreedores.

410. Acreedores diversos.

4100. Por arrendamientos.

4101. Por reparaciones y conservación.

4102. Por suministros.

4103. Por transportes (*).

4105. Por publicidad (*).

4109. Por otros servicios (*).

411. Federaciones (*).

412. Liga Nacional de Fútbol Profesional (*).

413. Otros clubes (*).

418. Anticipos a acreedores.

42. Efectos comerciales pasivos.

420. Efectos comerciales a pagar.

4200. Efectos a pagar (pesetas).

4201. Efectos a pagar (moneda extranjera).

43. Socios y abonados (*).

430. Socios cuotas fraccionadas (*).

431. Socios cuotas-anuales (*).

432. Abonados (*).

............

435. Socios y abonados de dudoso cobro (*).

44. Otros deudores.

440. Deudores diversos.

4400. Por arrendamientos.

4401. Por prestación de servicios.

4402. Por subvenciones concedidas (Entidades privadas).

441. Federaciones (*).

442. Liga Nacional de Fútbol Profesional (*).

443. Otros clubes (*).

445. Deudores de dudoso cobro.

45. Efectos comerciales activos.

450. Efectos comerciales a cobrar.

4500. Efectos a cobrar (pesetas).

4501. Efectos a cobrar (moneda extranjera).

4502. Efectos a negociar (pesetas).

4503. Efectos a negociar (moneda extranjera).

455. Efectos comerciales impagados.

4550. Efectos protestados.

4551. Efectos impagados sin protesto.

46. Personal.

460. Anticipos de remuneraciones.

464. Anticipos para gastos a justificar (*).

465. Remuneraciones pendientes de pago.

4650. Jugadores (*).

4651. Técnicos.

............

47. Entidades públicas.

470. Hacienda Pública, deudor por diversos conceptos.

4700. Por subvenciones concedidas.

4701. ...........

4702. Por devolución de impuestos.

471. Otras Entidades públicas, deudores.

4710. Comunidades Autónomas (*).

4711. Diputaciones.

4712. Ayuntamientos.

4713. Otras Entidades públicas.

472. Organismos de la Seguridad Social, deudores.

475. Hacienda Pública, acreedor por conceptos fiscales.

476. Otras Entidades públicas, acreedores.

4760. Comunidades Autónomas (*).

4761. Diputaciones.

4762. Ayuntamientos.

4763. Otras Entidades públicas.

477. Organismos de la Seguridad Social, acreedores.

48. Ajustes por periodificación

480. Pagos anticipados.

481. Pagos diferidos.

485. Cobros anticipados.

486. Cobros diferidos.

487. Cobros anticipados de socios y abonados (*).

49. Provisiones (tráfico).

494. Para insolvencias.

4940. Socios y abonados de dudoso cobro (*).

4941. Deudores de dudoso cobro.

495. Para responsabilidades.

Grupo 5

CUENTAS FINANCIERAS

50. Préstamos recibidos y otros débitos.

500. Préstamos a plazo corto.

5000. De Bancos oficiales.

5001. De Bancos privados.

5002. De Organismos oficiales.

5003. De personas o Entidades privadas (*).

5004. De Cajas de Ahorro (*).

5005. De Organismos internacionales.

5006. De Bancos e Instituciones financieras extranjeras.

5007. Con garantía hipotecaria o pignoraticia.

505. Acreedores a plazo corto.

51. Acreedores no comerciales.

510. Por intereses.

5100. De obligaciones, emisión...

5101. De obligaciones, emisión...

5105. De bonos, emisión...

5106. De bonos, emisión...

5109. De préstamos.

511. Por obligaciones, bonos y préstamos amortizados.

5110. Obligaciones amortizadas pendientes de reembolso, emisión...

5111. Obligaciones amortizadas pendientes de reembolso, emisión...

5115. Bonos amortizados pendientes de reembolso, emisión...

5116. Bonos amortizados pendientes de reembolso, emisión...

5119. Préstamos vencidos pendientes de reembolso...

52. Fianzas y depósitos recibidos.

520. Fianzas a plazo corto.

525. Depósitos a plazo corto.

53. Inversiones financieras temporales.

530. Fondos públicos.

531. Otros valores de renta fija.

532. Acciones con cotización oficial.

533. Acciones sin cotización oficial.

534. Préstamos a plazo corto.

5340. Al personal por diversos conceptos.

535. Imposiciones a plazo fijo.

539. Desembolsos pendientes sobre acciones.

54. Finanzas y depósitos constituidos.

540. Fianzas a plazo corto.

545. Depósitos a plazo corto.

55. Otras cuentas no bancarias.

551. Con socios y administradores.

552. Con otros clubes (*).

555. Panidas pendientes de aplicación.

556. Diferencias de valoración en moneda extranjera (*).

57. Tesorería.

570. Caja, pesetas.

571. Caja, moneda extranjera.

572. Bancos e Instituciones de Crédito c/c vista, pesetas.

573. Bancos e Instituciones de Crédito, c/c moneda extranjera.

574. Bancos e Instituciones de Crédito, cuentas de ahorro.

58. Ajustes por periodificación.

580. Intereses a pazar no vencidos.

581. Intereses a cobrar no vencidos.

585. Intereses pagados por anticipado.

586. Intereses cobrados por anticipado.

59. Provisiones.

590. Para insolvencias.

5900. Saldo A.

5901. Saldo B.

593. Para depreciación de inversiones financieras temporales.

Grupo 6

COMPRAS Y GASTOS POR NATURALEZA

60. Compras.

600. Compras de material deportivo (*).

6000. Material deportivo A (*).

6001. Material deportivo B (*).

602. Compras de medicamentos y material sanitario de consumo (*).

6020. Medicamento A (*).

6021. Medicamento B (*) 6025. Material A (*).

6026. Material B (*).

603. Compras de material de propaganda (*).

6030. Material A (*).

6031. Material B (*).

604. Compras de materiales para consumo y reposición.

6040. Combustibles.

6041. Materiales diversos.

6042. Repuestos.

6043. Billetaje (*).

608. Devoluciones de compras.

6080. Material deportivo (*).

6082. Medicamentos y material sanitario de consumo (*).

6083. Material de propaganda(*).

6084. Material para consumo y reposición.

609. «Rappels» por compras.

61. Gastos de personal

610. Sueldos y salarios, «plantilla deportiva» (*).

6100. Remuneraciones fijas (*).

6102. Gastos de viaje (*).

6103. Primas partidos(*).

6104. Primas anuales (*).

6105. Dietas (*).

6109. Otras remuneraciones (*).

611. Sueldos y salarios, plantilla de «otras secciones deportivas» (*).

6110. Remuneraciones (*).

6112. Gastos de viaje (*).

6113. Primas (*).

6115. Dietas (*).

615. Sueldos y salarios del personal «no deportivo» (*).

6150. Remuneraciones fijas (*).

6151. Remuneraciones eventuales (*).

6152. Gastos de viaje.

6155. Dietas (*).

6159. Otras remuneraciones (*).

616. Transporte del personal no deportivo (*).

617. Seguridad Social a cargo del clube.

6170. Seguridad Social plantilla deportiva.

6171. Seguridad Social secciones deportivas.

6172. Seguridad Social personal no deportivo.

618. Otros gastos sociales.

6180. Jubilaciones y pensiones.

6181. Comedores.

6182. Economatos.

62. Gastos financieros.

621. De emisión, modificación y cancelación de obligaciones y bonos.

622. De formalización, modificación y cancelación de préstamos.

623. Intereses de obligaciones y bonos.

6230. Intereses, emisión...

6231. Intereses, emisión...

624. Intereses de préstamos.

6240. Intereses, préstamos A.

6241. Intereses, préstamos B.

626. Descuentos sobre ingresos por pronto pago.

628. Diferencias negativas en moneda extranjera (*).

629. Otros gastos financieros.

6290. Comisiones bancarias por el servicio de pago de dividendos, intereses, etcétera.

6291. Comisiones bancarias por el cobro de efectos.

6292. Intereses y gastos por descuento de efectos.

63. Tributos.

630. Tributos estatales (*).

631.

632.

633. De las Comunidades autónomas (*).

634. De las Entidades provinciales (*).

635. De las Entidades municipales (*).

639. Otros tributos (*).

64. Trabajos, suministros y servicios exteriores.

640. Arrendamientos.

6400. De bienes A.

6401. De bienes B.

641. Reparaciones y conservación.

6410. En bienes A.

6411. En bienes B.

642. Suministros.

6420. Agua.

6421. Gas 6422. Electricidad.

643. Cánones.

6430. Patentes.

6431. Asistencia técnica.

6432. Marcas y nombres comerciales.

6433. Sociedad General de Autores (*).

644. Remuneraciones a agentes mediadores independientes.

6440. Servicios A.

6441. Servicios B.

645. Trabajos realizados por otras Empresas.

6450. Trabajos A.

6451. Trabajos B.

646. Primas de seguros.

6460. Incendios.

6461. Responsabilidad civil.

6462. Riegos catastróficos.

647. Derechos de arbitraje (*).

6470. Fútbol (*).

6471. Baloncesto (*).

6472. Balonmano (*).

648. Gastos de adquisición de jugadores (*).

65. Desplazamientos.

650. Desplazamientos equipos de fútbol (*).

651. Desplazamientos equipos de baloncesto (*).

652. Desplazamientos equipos de balonmano (*).

66. Gastos diversos.

660. Material de oficina.

661. Comunicaciones.

662. Relaciones públicas.

663. Publicidad propaganda.

664. Jurídicos, contenciosos, auditoría.

665. Cuotas a Entidades deportivas(*).

666. Revista social (*).

667. Gastos de asambleas (*).

668. Sanciones (*).

669. Otros gastos.

67. Subvenciones a otros clubes (*).

670. Subvenciones a clubes filiales (*).

675. Subvenciones a otros clubes (*).

68. Dotaciones del ejercicio para amortización.

680. amortización del inmovilizado material.

6800. De terrenos y bienes naturales.

6802. De edificios y otras construcciones.

6803. De maquinaria, instalaciones y utillaje.

6804. De elementos de transpones.

6805. De mobiliario y enseres.

6806. De equipos para procesos de información.

6808. De otro inmovilizado material.

681. Amortización del inmovilizado inmaterial.

6811. De propiedad industrial.

6814. De los derechos de adquisición de jugadores.

687. amortización de gastos.

6870. De gastos de constitución.

6871. De gastos de primer establecimiento.

6878. De otros gastos amonizables.

69. Dotaciones a las provisiones.

691. Dotación a las provisiones para obras y reparaciones extraordinarias.

694. Dotación a la provisión para insolvencias.

6942. Por préstamos incluidos en el grupo 2.

6944. Por deudores incluidos en el grupo 4.

6945. Por préstamos incluidos en el grupo 5.

695. Dotación a la provisión para responsabilidades.

Grupo 7

VENTAS E INGRESOS POR NATURALEZA

70. Ingresos por competiciones deportivas(*).

700. Ingresos de Liga (*).

7000. Fútbol (*).

7001. Baloncesto (*).

7002. Balonmano (*).

7003. .......

7009. Otras secciones (*).

701. Ingresos de Copa (*).

7010. Fútbol (*).

7011. Baloncesto (*).

7012. Balonmano (*).

7013. .......

.... .......

7019. Otras secciones (*).

702. Ingresos de competiciones internacionales (*).

7020. Fútbol (*).

7021. Baloncesto (*).

7022. Balonmano (*).

7023. ........

7029. Otras secciones (*).

703. Ingresos de participaciones en trofeos (*).

7030. Fútbol (*).

7031. Baloncesto (*).

7032. Balonmano (*).

7033. .........

.... .........

7039. Otras secciones (*).

704. Ingresos de partidos amistosos (*).

7040. Fútbol (*).

7041. Baloncesto (*).

7042. Balonmano (*).

7043. .......

.... .......

7049. Otras secciones (*).

705. Ingresos de giras en el extranjero (*).

7050. Fútbol (*).

7051. Baloncesto (*).

7052. Balonmano (*).

7053.

7059. Otras secciones (*).

706. Ingresos de partidos pretemporada (*).

7060. Fútbol (*).

7061. Baloncesto (*).

7062. Balonmano (*).

7063.

7069. Otras secciones (*).

71. Ingresos por socios y abonados (*).

710. Ingresos de socios por cuotas fraccionadas (*).

711. Ingresos de socios por cuotas anuales (*).

712. Ingresos de abonados (*).

713. Ingresos de carnés (*).

719. Otros ingresos (*).

72. Ingresos por traspaso y cesiones de jugadores (*).

720. Ingresos por traspasos (*).

721. Ingresos por cesiones (*).

73. Ingresos accesorios de la explotación.

730. Derechos por retransmisiones (*).

732. Participación en Apuestas Mutuas Deportivas Benéficas (*).

733. Ingresos por arrendamiento (*).

734. Ingresos de publicidad (*).

7340. Publicidad estática (*).

7341. Publicidad dinámica (*).

738. Otros ingresos.

7380. Procedentes de bingo (*) 7381. Procedentes de rifas (*).

7382. Procedentes de aparcamientos (*).

739. ..... .......

74. Ingresos financieros.

742. De otras inversiones financieras permanentes.

743. de inversiones financieras temporales.

746. Descuentos sobre compras por pronto pago.

747. Otros ingresos financieros.

748. Diferencias positivas en moneda extranjera (*).

75. Subvenciones a la explotación.

750. Subvenciones oficiales.

7500. Del Consejo Superior de Deportes (*).

7501. De Comunidades Autónomas (*).

7502. De otras Entidades públicas.

751. Subvenciones de otros clubes (*).

7510. Del Club A (*).

7511. Del Club B (*).

752. Subvenciones de Entidades deportivas(*).

7520. De Federaciones (*).

7521. De la Liga Nacional de Fútbol Profesional (*).

753. Otras subvenciones.

77. Ventas de existencias.

770. Ventas de material de propaganda (*).

79. Provisiones aplicadas a su finalidad.

791. Obras y reparaciones extraordinarias cubiertas con provisiones.

7910. Obra o reparación A.

7911. Obra o reparación B.

794. Insolvencias cubiertas con provisiones.

7942. Por préstamos incluidos en el grupo 2.

7944. Por deudores incluidos en el grupo 4.

7945. Por préstamos incluidos en el grupo 5.

795. Responsabilidades cubiertas con provisiones.

Grupo 8

RESULTADOS

80. Explotación.

800. Explotación.

82. Resultados extraordinarios.

820. Resultados extraordinarios.

83. Resultados de la Cartera de Valores.

830. Resultados de la Cartera de Valores.

89. Pérdidas y Ganancias.

890. Pérdidas y ganancias.

Grupo 0

CUENTAS DE ORDEN Y ESPECIALES

00. Valores recibidos en garantía.

000. Valores en garantía de administradores.

001. Valores en garantía de empleados.

002. Valores en garantía de contratistas y suministradores.

005. Garantía de administradores.

006. Garantía de empleados.

007. Garantía de contratistas y suministradores.

01. Valores entregados en garantía.

010. Garantía por administración.

011. Garantía por controles de obras, servicios y suministros.

015. Valores en garantía por Administración.

016. Valores en garantía por contratos de obras, servicios y suministros.

02. Riesgo por descuento de efectos comerciales.

020. Efectos descontados pendientes de vencimiento.

025. Riesgo por efectos descontados.

03. Avales recibidos en garantía.

030. Avales recibidos (*).

035. Avalistas (*).

04. Avales concedidos en garantía (*).

040. Avalados (*) 045. Avales concedidos (*).

08. Créditos, saldos pendientes de disposiciones (*).

080. Créditos, saldos pendientes de disposición (*).

085. Contrapartida de créditos, saldos pendientes de disposición (*).

SEGUNDA PARTE

DEFINICIONES Y RELACIONES CONTABLES

Contiene únicamente las definiciones y relaciones contables de las cuentas específicas introducidas en la primera parte de las presentes normas de adaptación.

Las definiciones y relaciones contables de las demás cuentas son las que figuran en dicho texto, salvo en los puntos que lógicamente resultan modificadas a consecuencia de los motivos de cargo y abono que se exponen seguidamente.

Grupo 1

FINANCIACION BASICA

Comprende los recursos obtenidos por el club destinados, en general, a financiar el activo permanente y a cubrir un margen razonable del circulante. El contenido de este grupo se define por el destino de los recursos.

10. Capital

101. Fondo Social.

Cantidades que los socios y abonados satisfacen, en una sola vez o en varias, en concepto de cuotas de entrada, cuotas fundacionales o cualesquiera otras que tengan el carácter de aportación a este Fondo.

Figurará en el pasivo del Balance.

Su movimiento es el siguiente:

Se abonará por el importe de las cuotas mencionadas y se cargará por las reducciones del Fondo, cuando proceda, y a la extinción del club (una vez transcurrido el período de liquidación).

11. Reservas.

112. Cuentas de Regularización o Actualización (*).

Estas cuentas recogerán las cuantías resultantes de aplicar las Leyes de Regularización o Actualización.

Su movimiento será, en cada caso, el que proceda de acuerdo con la legislación correspondiente.

12. Previsiones.

120. Previsión para riesgos de contratos vigentes (*).

Dotación acumulada destinada a cubrir el riesgo económico que puedan experimentar los clubes como consecuencia de una circunstancia extraordinaria en la vida deportivade los jugadores: Accidentes, enfermedades, lesiones o motivaciones análogas.

Figurará en el pasivo del balance.

Su movimiento es el siguiente:

Se abonará, con cargo a la cuenta 890, cuando se dote la Previsión, y se cargará al producirse el hecho cuyo riesgo de acontecer cubria.

Al final de cada ejercicio deberá hacerse un ajuste de la Previsión, con el fin de acomodar el importe de sus dotaciones a los riesgos razonablemente estimados en dicha fecha. Si dicho importe se considerara insuficiente, se complementará en la cuantía que proceda, con cargo a la cuenta 890.

Si dejara de existir definitivamente el riesgo para el cual fue creada la Previsión, el saldo de la cuenta 120 se pasará a la 116.

Grupo 2

INMOVILIZADO

Elementos patrimoniales que constituyen las inversiones permanentes del club y gastos realizados con imputación diferida.

20. Inmovilizado materiaL

202. Edificios y otras construcciones.

2020. Estadio (*).

Conjunto de edificios y construcciones donde se desarrolla la actividad principal del club.

2021. Pabellones deportivos (*).

Conjunto de edificios y construcciones cuyo destino es la práctica de deportes en recintos cerrados.

2022. Local social (*).

Conjunto de edificios y construcciones de la sede social del club. Se incluirán las oficinas, salas de reuniones, etc.

Cuando el local social esté ubicado en alguno de los edificios y construcciones definidas en las cuentas anteriores, se incluirá en la cuenta correspondiente.

2023. Oficinas (*).

Conjunto de edificios y construcciones destinados a oficinas del club, cuando no formen parte de los incluidos en las cuentas anteriores.

2024. Otros edificios y construcciones deportivas.

Conjunto de edificios y construcciones, cuya finalidad principal sea la práctica de otras modalidades deportivas.

2029. Otros edificios y construcciones.

Conjunto de edificios y construcciones cuyo destino principal no es la práctica de un deporte.

21. Inmovilizado inmaterial.

214. Derechos de adquisición de jugadores (*).

Importe devengado por la adquisición del derecho a los servicios de un determinado jugador.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se cargará por el impone que resulte según la transacción de que se trate.

b) Se abonará:

b1) Cuando se produzcan traspasos de jugadores, con cargo a la cuenta 2814 -amortización acumulada de los derechos de adquisición de jugadores-.

Previamente, se habrá hecho, si procede, el asiento indicado en el apartado b2) de la cuenta 2814.

b2) En los casos en que el jugador cause baja en el club «por cualquier otro motivo», con cargo a las siguientes cuentas:

2814. Amortización acumulada de los derechos de adquisición de jugadores, por el importe amortizado.

120. Previsión para riesgos de contratos vigentes por el importe no amortizado si se ha dotado esta previsión.

820. Resultados extraordinarios, por el importe no amortizado.

27. Gastos amortizables.

278. Modificaciones de la paridad monetaria y del tipo de cambio (*).

Esta cuenta se destina a registrar las modificaciones de la paridad monetaria y de las variaciones sustanciales que se produzcan en el tipo de cambio cuando el club opte por su amortización, parcial o total, en ejercicios futuros a aquel en que hayan tenido lugar dichas modificaciones y variaciones. También se utilizará esta cuenta en el caso de disposición legal que establezca el mismo criterio para amortizar las referidas modificaciones y variaciones.

En la cuenta 278 se desarrollará necesariamente en las de cuatro, cinco o más cifras que sean precisas para contabilizar separadamente las distintas modificaciones y variaciones aludidas, así como la parte de las mismas que corresponda a los diferentes saldos comerciales o financieros afectados.

Para amortizar anualmente el saldo de esta cuenta se aplicarán criterios razonables. No obstante, el período de amortización de los componentes del citado saldo no podrán exceder del ejercicio en que venzan los respectivos créditos o deudas.

Figurará en el activo del balance.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se cargará, por el importe de las modificaciones y variaciones que se produzcan y a las cuales les sea de aplicación el criterio de amortizarse en ejercicios posteriores con abono a la cuenta 556.

b) Se abonará, por el importe de la amortización anual con cargo a la 687.

Nota: Ver la nota (2) de la cuenta 556.

28. Amortización del inmovilizado.

281. Amortización acumulada del inmovilizado inmaterial.

2814. De los derechos de adquisición de jugadores (*).

Suma de dotaciones anuales por amortización de los derechos de adquisición.

Figurará en el activo del balance, minorando la cuenta 214, derechos de adquisición de jugadores.

Su movimiento es el siguiente:

Se abonará:

b1) Por la dotación anual con cargo a la cuenta 6814.

b2) Por la cuantía que proceda amortizar en los casos de traspasos con cargo a la 6814.

Se cargará: Con motivo de la baja en inventario de la cuenta 214, cualquiera que sea su causa, con abono a dicha cuenta.

Grupo 3

EXISTENCIAS

Material deportivo, medicamentos, material de propaganda y materiales para consumo y reposición.

30. Material deportivo (*).

300. ............

305. ............

309. ............

Objetos adquiridos por los clubes destinados al uso y consumo por la actividad deportiva. Se citan, a título indicativo, camisetas, camisas, jerseys, pantalones, medias, calcetines, botas, balones, monos de entrenamiento, material de botiquín, etc.

Este subgrupo se desarrollará en las cuentas que cada club considere necesarias o convenientes para su gestión. Se procurará que cada cuenta englobe los objetos previamente seleccionados con homogeneidad.

33. Material de propaganda (*).

330. ............

335. ............

339. ............

Objetos adquiridos por los clubes destinados a la venta o a regalos a los socios, peñas deportivas,visitantes, simpatizantes, etc. Se citan, a título indicativo, banderines, insignias, escudos, fotografías, postales, folletos, etc.

A este subgrupo es de aplicación lo expresado en el 30.

Grupo 4

ACREEDORES Y DEUDORES POR OPERACIONES DE TRAFICO

Cuentas personales y efectos comerciales activos y pasivos que tienen su origen en el tráfico del club.

43. Socios y abonados (*).

430. Socios, cuotas fraccionadas (*).

431. Socios, cuotas anuales (*).

432. Abonados (*).

.... ........

435. Socios y abonados de dudoso cobro (*).

430/432. Socios y abonados .....(*).

Deudas de socios y abonados por las cuotas y abonos cualquiera que sea su concepto.

Figurarán en el activo del balance.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se cargarán, con abono a las correspondientes del subgrupo 71, o en su caso, a la 101, por el impone de las deudas citadas.

b) Se abonarán, con cargo a:

b1) Las correspondientes del subgrupo 57, por los cobros totales o parciales.

b2) La 435, por las cuotas y abonos que permitan razonablemente su calificación como de dudoso cobro.

435. Socios y abonados de dudoso cobro (*).

Deudas de socios y abonados que permitan razonablemente su calificación como de dudoso cobro.

Figurará en el activo del balance.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se cargará por el importe de los saldos de dudoso cobro, con abono a las 430/432.

b) Se abonará:

b1) Por las insolvencias firmes, con cargo a la cuenta 4940, si ésta se hubiere dotado. No existiendo dotación, se cargará a la 800.

b2) Por el cobro total de los saldos, con cargo a cuentas del subgrupo 57. La dotación realizada en su día a la cuenta 4940 se cargará por el importe del saldo cobrado, con abono a la 794.

b3) Al cobro parcial, con cargo a cuentas del subgrupo 57 en la parte cobrada y a la 4940 por lo que resultara incobrable. Además, por el importe cobrado se cargará la cuenta 4940, con abono a la 794.

48. Ajuste por periodificación.

487. Cobros anticipados de socios y abonados (*).

Ingresos que corresponden a ejercicios futuros como consecuencia del cobro anticipado de cuotas y abonos.

Figurará en el pasivo del balance.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se abonará al final del ejercicio por el importe de los citados ingresos, con cargo a las cuentas del grupo 7 en que se hubieren registrado los mismos.

b) Se cargará en el ejercicio en que deban aplicarse los ingresos, con abono a cuentas del grupo 7.

Grupo 5

CUENTAS FINANCIERAS

Acreedores y deudores a plazo corto por operaciones ajenas al trafico y medios líquidos disponibles.

55. Otras cuentas no bancarias.

556. Diferencias de valoración en moneda extranjera. (*)

Esta cuenta se destina a registrar las diferencias negativas que se produzcan por aplicación de los párrafos I y 3 del apartado 2. Moneda extranjera, de los criterios valorativos contenidos en la IV parte de estas normas de adaptación.

Generalmente se cargará por el importe de las diferencias negativas indicadas en el momento en que se produzcan y se abonará al final del ejercicio:

a) Por la parte que razonablemente el club considere que debe atribuirse al mismo ejercicio en que se produjeron las referidas diferencias, con cargo a la cuenta 628.

b) Por el saldo que quede pendiente cuando el club opte por su amortización en ejercicios posteriores, con cargo a la cuenta 278.

Normalmente la cuenta 556, no figurará en el balance.

Notas:

1.ª Si en el momento de producirse las diferencias negativas acabadas de exponer, el club decidiera la amortización de las mismas total o parcial en ejercicios posteriores, no será necesario abrir la cuenta 556. En tal caso, se utilizarán directamente las cuentas 278 y 628.

2.ª En el caso de diferencias positivas producidas por el mismo motivo indicado en la cuenta anterior, se abrirá la 557 -Diferencias de valoración en moneda extranjera-. En tal caso, y para establecer la necesaria distinción se añadirán los términos «negativas» a la 556, y «positivas» a la 557.

El movimiento inicial de la cuenta 557, es inverso al de la 556, como se desprende del diferente contenido de una y otra.

El club podrá optar por conservar el saldo de la cuenta 557, hasta el vencimiento de los débitos y créditos a que corresponda.

Grupo 6

COMPRAS Y GASTOS POR NATURALEZA

Aprovisionamientos de existencias adquiridas en general para uso y consumo por la mera actividad deportiva(material deportivo, medicamentos....) o que pueden ser destinadas a la venta sin alterar su forma y sustancia (material de propaganda).

Comprende también, clasificados por naturaleza, los demás gastos considerados como de la explotación.

Nota.-En general, todas las cuentas del grupo 6 se abonan al cierre del ejercicio, con cargo a la cuenta 800 -Explotación-; por ello, al exponer el juego de las sucesivas del grupo sólo se hará referencia al cargo. En las excepciones se citarán los motivos de abono y cuenta de contrapartida.

En los asientos en las 600/604 se tendrán en las siguientes reglas:

Primera.-Los gastos de las compras, con excepción de los transportes, se cargarán en la respectiva cuenta de compras.

Segunda.-Los descuentos, bonificaciones y rebajas en la propia factura se consideran como menor importe de la compra; este criterio se aplicará también a las rebajas posteriores a la recepción de la factura originadas por defectos de calidad, incumplimiento de los plazos de entrega u otras causas análogas a las citadas.

Tercera.-Los descuentos, bonificaciones y rebajas que le sean concedidos a el club por pronto pago y fuera de factura se consideran ingresos financieros, contabilizándose en la 746 -Descuentos sobre compras por pronto pago-.

Cuarta.-Los descuentos, bonificaciones y rebajas no incluidos en las reglas segunda y tercera, y en especial cuando se basen en haber alcanzado un determinado volumen de pedidos, figurarán en la cuenta 609 «Rappels» por compras.

61. Gastos de personaL

610. Sueldos y salarios, plantilla deportiva(fútbol). (*) 611. Sueldos y salarios, plantilla de otras secciones deportivas. (*) 615. Sueldos y salarios del personal no deportivo. (*) 616. Transpone del personal no deportivo. (*)

610. Sueldos y salarios, plantilla deportiva(fútbol). (*)

Remuneraciones fijas, gastos de viaje, primas por partidos y primas anuales, dietas, incentivos, etc. de los Jugadores y técnicos que componen los equipos de fútbol del club.

611. Sueldos y salarios, plantilla de otras secciones deportivas. (*)

Remuneraciones, gastos de viaje, primas por partidos y primas anuales, dietas incentivos, etc. de los jugadores y técnicos que componen los equipos de las distintas secciones deportivas del club (excluido el fútbol). Se desarrollará esta cuenta en las de cuatro cifras necesarias para diferenciar las distintas secciones deportivas(baloncesto, balonmano, etc.).

615. Sueldos y salarios de personal no deportivo. (*)

Remuneraciones fijas o eventuales, gastos de viaje, dietas, etc. del personal no deportivo (directivos, administrativos, otros trabajadores).

616. Transporte del personal no deportivo. (*)

Gastos del traslado del personal no deportivo a su centro o lugar de trabajo. En esta cuenta no se incluirán los gastos de desplazamiento comprendidos en el subgrupo 65.

62. Gastos Financieros.

628. Diferencias negativas en moneda extranjera. (*)

El contenido de esta cuenta y su movimiento están parcialmente indicados en la cuenta 556.

Además, la cuenta 628 se cargará en los supuestos previstos en el párrafo 2, del apartado 2, Moneda extranjera, de los criterios valorativos contenidos en la IV parte de estas normas de adaptación.

64. Trabajos, suministros y servicios exteriores.

647. Derechos de arbitraje. (*) 648. Gastos de adquisición de jugadores. (*)

647. Derechos de arbitraje. (*)

Cantidades satisfechas a los árbitros, ya sea con motivo de las competiciones oficiales, trofeos veraniegos, giras, etc., por su participación en las distintas actividades deportivas.

648. Gastos de adquisición de jugadores. (*)

Importe de los gastos realizados como consecuencia de las gestiones necesarias para la adquisición de los servicios de un determinado jugador.

65. Desplazamientos. (*)

650. Desplazamientos, equipos de fútbol. (*) 651. Desplazamientos, equipos de baloncesto. (*) 652. Desplazamientos, equipos de balonmano. (*)

650/652. Desplazamientos... (*)

Gastos de transporte, estancia en hoteles y demás gastos ocasionados como consecuencia de los desplazamientos de las plantillas deportivas para realizar concentraciones, jugar partidos, etcétera. En esta cuenta se contabilizará la totalidad de los gastos ocasionados por todos los componentes de la expedición (jugadores, técnicos, directivos....)

67. Subvenciones a otros clubes. (*)

670. Subvenciones a clubes filiales. (*) 675. Subvenciones a otros clubes. (*)

670. Subvenciones a clubes filiales. (*)

Subvenciones a clubes que tienen personalidad jurídica independiente del que la concede, y con el que existe un contrato de filialidad.

675. Subvenciones a otros clubes. (*) Importe de las concedidas a otros clubes.

68. Dotaciones del ejercicio para amortización.

681. Amortización del inmovilizado inmaterial.

6814. De los derechos de adquisición de jugadores. (*)

Cuantía de la depreciación anual sufrida por los derechos de adquisición de jugadores.

Asimismo, esta cuenta recogerá los cargos que deban efectuarse, en la cuantía que proceda, en los casos de traspaso de jugadores.

Se cargará siempre con abono a la cuenta 2814.

Grupo 7

VENTAS E INGRESOS POR NATURALEZA

Enajenación de bienes, ingresos por cesiones y traspasos y prestación de servicios que son objeto de tráfico del club. Comprende también clasificados por naturaleza los demás ingresos considerados como de la explotación (Fomento y práctica de la actividad física y deportiva).

70. Ingresos por competiciones deportivas.(*)

700. Ingresos de Liga. (*) 701. Ingresos de Copa. (*) 702. Ingresos por competiciones internacionales. (*) 703. Ingresos por participaciones en trofeos. (*) 704. Ingresos de partidos amistosos. (*) 705. Ingresos de giras en el extranjero. (*) 706. Ingresos de partidos pretemporada. (*)

700/706. Ingresos.... (*)

Comprenden los ingresos percibidos por las distintas competiciones en las que participa el club como consecuencia del desarrollo de su actividad, con motivo de la celebración de partidos, excluidos los del subgrupo 71.

Las cuentas del subgrupo 70 se adaptarán por los clubes a las características de las actividades que realicen, con la denominación específica que a estas corresponden.

Su movimiento es el siguiente:

a) Se abonarán por el importe de los distintos ingresos, con cargo normalmente a cuentas del subgrupo 57.

b) Se cargarán con abono a la 800 -Explotación-, por el saldo al cierre del ejercicio.

Nota: En general todas las cuentas del grupo 7 se cargarán al cierre del ejercicio con abono a la cuenta 800 -Explotación-, por ello al exponer el juego de las sucesivas del grupo sólo se hará referencia al abono. En las excepciones se citarán los motivos de cargo y cuentas de contrapartida.

71. Ingresos por socios y abonados. (*)

710. Ingresos de socios por cuotas fraccionadas. (*) 711. Ingresos de socios por cuotas anuales. (*) 712. Ingresos de abonados. (*) 713. Ingresos de carnés. (*) 719. Otros ingresos. (*)

710/719. Ingresos de....(*)

Comprende la totalidad de los ingresos percibidos en el ejercicio por las cuotas sociales y por los abonos que no lo sean en concepto de cuota de entrada (o similar).

El movimiento en estas cuentas es el siguiente:

a) Se abonarán:

a1) Por el importe total de los ingresos, con cargo a cuentas de los subgrupos 4 ó 5.

a2) Por el importe total de los ingresos que deban aplicarse al ejercicio, con cargo a la cuenta 487 -Anticipos por ingresos de socios y abonados-.

b) Se cargarán al final del ejercicio:

a1) Por el importe de los ingresos que deben aplicarse a los ejercicios futuros, con abono a la cuenta 487.

b2) En general con abono a la cuenta 800 -Explotación-.

72. Ingresos por traspasos y cesiones de jugadores. (*)

720. Ingresos por traspaso. (*) 721. Ingresos por cesiones. (*)

720/721. Ingresos por .... (*)

Estas cuentas comprenden los ingresos por los derechos de traspaso y cesiones de jugadores del club.

El movimiento de estas cuentas es el siguiente:

Se abonarán por el importe que resulte de la transacción con cargo a las cuentas que procedan de los grupos 4 ó 5.

73. Ingresos accesorios de la explotación.

730. Derechos por retransmisiones. (*) 732. Participación en Apuestas Mutuas DeportivasBenéficas. (*) 733. Ingresos por arrendamientos. (*) 734. Ingresos de Publicidad. (*) 738. Otros ingresos. (*)

Ingresos obtenidos por el club, distintos de los que constituyen su actividad principal, excluidos los comprendidos en el subgrupo 74.

El movimiento de estas cuentas es el siguiente:

Se abonarán por el importe de los ingresos, con cargo a cuentas de los grupos 4 ó 5 que correspondan.

730. Derechos por retransmisiones. (*) Esta cuenta comprende los derechos que puedan obtenerse de las retransmisiones durante el ejercicio por distintas causas (celebración de partidos, programas especiales, etc.)

732. Participación en Apuestas Mutuas Deportivas Benéficas. (*) Esta cuenta comprende los derechos que corresponden a cada club por su participación en la recaudación de las Apuestas Mutuas Deportivas Benéficas.

733. Ingresos por arrendamientos. (*) Esta cuenta comprende los ingresos que se obtienen por el arrendamiento de bienes pertenecientes al club.

734. Ingresos por publicidad. (*) Esta cuenta comprende los ingresos que se obtienen por el club procedentes de la publicidad, ya sea estática o dinámica.

738. Otros ingresos. (*) Estas cuentas comprenden los ingresos que se obtienen procedentes del bingo, rifas, aparcamientos, etc.

74. Ingresos financieros.

748. Diferencias positivas en moneda extranjera. (*)

Su contenido y movimiento están parcialmente indicados en la nota 2 de la cuenta 556.

Además la cuenta 748 se abonará en los supuestos previstos en el párrafo i, del apartado. Moneda extranjera, de los criterios valorativos contenidos en la IV parte de estas normas de adaptación.

Grupo 0

CUENTAS DE ORDEN Y ESPECIALES

Comprende, tal y como indica el título, las de orden y especiales; estas últimas se destinan a contabilizar ciertos hechos situaciones o circunstancias que de suyo no alteran la expresión contable del patrimonio del club ni modifican la situación financiera del mismo.

Se citan, a título indicativo, valores recibidos o entregados en garantía, efectos cedidos en gestión de cobro, avales recibidos u otorgados, valores en garantía de préstamos bancarios, créditos y opciones de cualquier tipo obtenidos o concedidos, depósito bancario de valores, «riesgo» por descuento de efectos comerciales, etcétera.

03. Avales recibidos en garantía.(*)

030. Avales recibidos. (*) ..........

035. Avalistas. (*)

030. Avales recibidos. (*) Avales recibidos como garantía del cumplimiento de una obligación.

Su movimiento es análogo al de las cuentas 000/002.

035. Avalistas. (*) Contrapartida de la 030.

Su movimiento es análogo al de las cuentas 005/007.

04. Avales concedidos en garantía. (*)

040. Avalados. (*) .........

045. Avales concedidos. (*)

040. Avalados. (*) Garantías dadas por el club y respaldadas por entrega de avales.

Su movimiento es análogo al de las cuentas 010/011

045. Avales concedidos. (*) Contrapartida de la 040.

Su movimiento es análogo al de las cuentas 015/016.

08. Créditos: Saldos pendientes de disposición (*).

080. Créditos, saldos pendientes de disposición. (*) ........

085. Contrapartida de créditos, saldos pendientes de disposición. (*)

Reflejan el importe de créditos concedidos al club y pendientes de disposición por éste.

Nota.-Los demás conceptos que figuran o pudieran figurar en la definición del grupo 0 se registrarán, si el club lo desea, con la sistemática seguida para los subgrupos precedentes.

TERCERA PARTE

CUENTAS ANUALES

Instrucciones para la redacción del Balance

I. Las cuentas anuales comprenden: El Balance y su anexo; los Estados de Explotación, de Resultados Extraordinarios, de Resultados de la Cartera de Valores y de Pérdidas y Ganancias.

II. Todos los documentos citados se ajustarán a los modelos incorporados a las presentes normas de adaptación.

III Cuando en cumplimiento de lo preceptuado en disposiciones legales de carácter fiscal los clubes vinieran obligados a incluir en su Balance determinadas cuentas representativas de situaciones específicas, aplicarán, en cuanto sea posible, el criterio contenido sobre este particular en la introducción de las presentes normas de adaptación.

En todo caso, los clubes expondrán en el anexo un sucinto informe sobre cualesquiera beneficios fiscales que hubieren disfrutado en el ejercicio y sus motivaciones.

IV. El mismo criterio se observará en el supuesto de que la obligación de incluir una determinada cuenta en el Balance venga impuesta por otra disposición legal, aunque no regule materias fiscales.

V. En el anexo se comentarán sucintamente el Balance y los documentos complementarios con objeto de facilitar al máximo su correcta interpretación, de modo que permita obtener la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de los clubes.

VI. Necesariamente deberá de incluirse en el anexo la información que seguidamente se especifica, de producirse durante el ejercicio los supuestos a que aquélla se refiere:

A) Se incluirá una breve explicación de las reglas adoptadas -según los criterios expuestos en la cuarta parte del plan-, para la valoración de las diversas partidas del Balance, y en el supuesto de que no fueran las mismas, que se aplicaron en el ejercicio inmediato anterior, se razonarán cumplidamente los fundamentos de tal modificación.

En particular se indicará con claridad los criterios de amornización de los derechos de adquisición de jugadores, que se han seguido por el club conforme a lo establecido en el apartado I de la cuarta parte de estas normas de adaptación.

B) Si dentro del ejercicio se contabilizan plusvalías de elementos del activo se indicarán las cuentas a las que han afectado, los respectivos informes, y los motivos que se han considerado para llevar a efecto la operación.

C) Si el Club participa directamente, por cualquier título en el capital de otras Empresas en porcentaje igual o superior al 25 por 100 del capital de cada una de ellas, incluirá relación de las mismas, indicando sus domicilios, actividades que ejercen, capital los respectivos porcentajes de participación y el valor teórico de las acciones resultantes del último balance que la Sociedad emisora tenga aprobado por su órgano competente.

VII. En particular, se incluirá en el anexo la información que a continuación se indica, referente a las cuentas que se expresan, siempre que éstas luzcan en el balance:

101 . Fondo Social

Pesetas _________ Saldo inicial del ejercicio ..................... .......

Variación del ejercicio ......................... .......

_________ Total, igual al balance ..................... .......

_________ _________ 112. Cuentas de Regularización o Actualización.

Se detallará por cada una de las cuentas lo siguiente:

Cuenta.............................

Pesetas _________ Saldo inicial .................................. ........

Variaciones del ejercicio ...................... ........

_________ Total, igual al balance ................. ........

_________ _________

131 y siguientes. Resultados negativos de ejercicios anteriores.

Pesetas _________ Año ........................................... .......

Año ........................................... .......

_________ Total, igual al balance .................. .......

_________ _________ 141. Subvenciones de otros Clubes.

Se incluirán las cuentas correspondientes de cada uno de los Clubes de procedencia.

Total - Pesetas _________ Club A ........................................ .......

Club B ........................................ .......

_________ Total, igual al balance ................. .......

_________ _________ 142. Subvenciones de Entidades deportivas.

Se incluirán las cuentas correspondientes de las Federaciones y de la Liga Nacional de Fútbol Profesional.

Total - Pesetas _________ Federaciones. ................................. .........

Liga Nacional de Fútbol ........................ .........

Profesional .................................... .........

_________ .........

_________ _________ 150, 152. Obligaciones y bonos en circulación.

Detalle por razón de la naturaleza de los empréstitos.

Reembolsables o convertible dentro del termino de 12 meses - Pesetas Pesetas _________ _______________ Obligaciones y bonos simples .... ..... .........

Obligaciones y bonos con garantía hipotecaria ..................... ..... .........

Obligaciones y bonos con garantía del Estado, de las Comunidades Autónomas, de la Provincia o del Municipio o con prenda de efectos públicos ............... ..... .........

Obligaciones y bonos, con otra garantía ....................... ..... .........

_________ _______________ Total, igual al balance ..... ...... .........

_________ _______________ _________ _______________

170. Préstamos.-Detalle por su naturaleza.

A reembolsar dentro del termino de 12 meses - Pesetas Pesetas _________ _______________ Préstamos a plazo largo .......... ....... ..........

Préstamos a plazo largo, con garantía hipotecaria o pignoraticia .................... ....... ..........

_________ _______________ Total, igual al balance ...... ........ .........

_________ _______________ _________ _______________

175 Préstamos-Detalle. Con vencimiento dentro del término de 12 meses - Pesetas Pesetas _________ _______________ Acreedores a plazo largo ......... ........ .........

_________ _______________ Total igual al balance ........ ........ .........

_________ _______________ _________ _______________

487. Cobros anticipados de socios y abonados.

Se indicará la cuantía que corresponde a cada uno de los ejercicios futuros.

Total - pesetas _____________ Ejercicio ........................ ........

EJercicio ........................ ........

_____________ Total, igual al balance ...... ........

_____________ _____________ 500. Préstamos recibidos.

Detalle de las cuentas de cuatro cifras que se utilicen, de las contenidas en el cuadro de cuentas.

505, 510, 511, 520, 525, 551, 552. Acreedores no comerciales.

Pesetas _____________ Acreedores ....................... .........

Cuentas corrientes no bancarias, con socios y administradores .... .........

Cuentas corrientes no bancarias con otros Clubs ................. .........

_____________ 890. Pérdidas y Ganancias.

Aplicación de resultados:

0. Cuentas de orden y especiales.

Se incluirán las comprendidas entre las de orden y especiales consignadas globalmente en el activo, debidamente desglosadas por operaciones y especificando, en su caso, el plazo de vencimiento de los compromisos adquiridos.

280. Amortización acumulada del inmovilizado material

Detalle de la amortización acumulada relativa a cada una de las cuentas del subgrupo 21, y de las respectivas dotaciones del ejercicio.

281. Amortización acumulada del inmobilizado inmaterial.

Detalle de la amortización acumulada relativa a cada una de las cuentas del subgrupo 21, y de las respectivas dotaciones del ejercicio.

250, 252. Títulos con cotización oficial.

Importe - Pesetas __________ Acciones ......................... .......

Obligaciones y bonos ............. .......

__________ Total ........................ .......

__________ __________

251, 252. Títulos sin cotización oficial.

Importe - Pesetas __________ Acciones ........................ .......

Obligaciones y bonos ............ .......

__________ Total, igual al balance ..... .......

__________ __________

254. Préstamos.

Con vencimiento dentro del término de 12 meses - Pesetas Pesetas _________ __________ A plazo largo, al personal ........ ....... .........

_________ __________ Total, igual al balance ........ ....... .........

_________ __________

450, 455. Efectos comerciales a cobrar.

Pesetas _________ Con vencimiento superior a doce meses ........ .......

_________ .......

_________ _________ 534. Préstamos a plazo corto: ....... pesetas.

535, 540, 545, 551, 552. Otras inversiones financieras temporales.

Pesetas _________ Cuentas corrientes no bancarias con socios y administradores ...................... ........

___________ ........

___________ ___________

B A L A N C E

(Antes de la aplicación del saldo de Pérdidas y Ganancias)

DEBE HABER ___________________________________________________________________________ | | Inmovilizado | | | | |Capital y reservas| | | | | | | | | | | | | | | | | Material: | | | | 101 |Fondo social .....| | | | | | | | | | |Cuentas de | | | | |200 |Terrenos y bienes naturales| | | |112 | regurarización o | | | | | | | | | | | actualización ...| | | | |292 |Menos provisión por | | | | | | | | | | | depreciación ............ | | | |116 |Reservas | | | | | | | | | | | voluntarias | | | | |202 |Edificios y otras | | | | | | | | | | | construcciones .......... | | | |130 |Remanentes .......| | | | |203 |Maquinas, instalaciones | | | |131 |Menos resultado | | | | | | y utillaje | | | | |negativo ejercicio| | | | | | | | | | | anterior ........| | | | |204 |Elementos de transporte.. | | | | | | | | | |205 |Mobiliario y enseres .... | | | | |Subvenciones en | | | | | | | | | | | capital | | | | | | | | | | | | | | | |206 |Equipos para procesos de | | | | | | | | | | | información ........... | | | |140, | | | | | | | | | | |141 |Subvenciones | | | | | | | | | | | concedidas.......| | | | |207 |Repuestos para | | | |142, | | | | | | | inmovilizado | | | |143 | | | | | |208 |Otro inmovilizado material | | | | | | | | | | | | | | | | Previsiones | | | | |280 |Menos amortización | | | | | | | | | | | acumulada del | | | | | | | | | | | inmovilizado material .. | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |230,232|Inmovilizaciones en curso | | | |120 |Previsión para | | | | | | | | | | |riesgos de | | | | | | | | | | |contratos vigentes| | | | |233,236| | | | |121 |Previsiones para | | | | | | | | | | | diferencias de | | | | | | | | | | | cambio ..........| | | | | | | | | |123 |Previsión para | | | | | | | | | | | aceleración de | | | | | | Inmaterial: | | | | | amortizaciones ..| | | | | | | | | | | | | | | |211 |Propiedad industrial | | | | | Provisiones | | | | |213 |Derechos de traspaso de | | | | | | | | | | | locales | | | | | | | | | |214 |Derechos de adquisición | | | |291 |Para obras y | | | | | | de jugadores | | | | | reparaciones ....| | | | |281 |Menos amortización | | | | | | | | | | | acumulada del inmovilizado| | | |495 |Para | | | | | | inmaterial ...............| | | | | responsabilidades| | | | | | | | | | | | | | | | | Financiero: | | | | | Deudas a plazo | | | | | | | | | | | largo | | | | |250,252|Títulos con cotización | | | |150, |Obligaciones y | | | | | | oficial...................| | | |152 | bonos en | | | | | | | | | | | circulación .....| | | | |251,252|Títulos sin cotización | | | | | | | | | | | oficial ..................| | | |170 |Préstamos | | | | |259 |Menos desembolsos pendiente| | | |180, |Fianzas y | | | | | | sobre acciones y | | | |185 | Depósitos | | | | | | particiones ............. | | | | | recibidos .......| | | | |254 |Préstamos | | | | | | | | | |260,265|Fianzas y depósitos | | | | | Deudas plazo | | | | | | constituidos | | | | | corto | | | | |293 |Menos provisión por | | | |400, | | | | | | | depreciación de | | | |402, | | | | | | | inversiones financieras | | | |420 |Proveedores ......| | | | | | permanentes ............. | | | |475, | | | | | | | | | | |476 |Hacienda Pública | | | | | | | | | | | y otras Entidades| | | | |294 |Menos provisiones por | | | | | Públicas, por | | | | | | insolvencias ............ | | | | | conceptos | | | | | | | | | | | fiscales ........| | | | | | | | | |477 |Organismos de la | | | | | | | | | | | Seguridad Social.| | | | | | | | | |410, | | | | | | | Gastos amortizables: | | | |411, |Otros acreedores | | | | | | | | | |412, | por operaciones | | | | | | | | | |413, | de tráfico ......| | | | |270,271|De constitución y de | | | |465. | | | | | | | primer establecimiento | | | |413, | | | | | | | | | | |465 | | | | | |275 |De emisión de | | | |500 |Préstamos recibido| | | | | | obligaciones y bonos | | | |505, |Acreedores no | | | | | | y de formalización de | | | |510, | comerciales .....| | | | | | préstamos ............... | | | |511 | | | | | | | | | | |520, | | | | | |274,276|Otros gastos | | | |525, | | | | | |278,279| amortizables ............ | | | |551, | | | | | | | | | | |552, | | | | | | | | | | |555 | | | | | | | | | | | | Ajustes por | | | | | | Existencias | | | | | periodificación | | | | | | | | | | | | | | | |30 |Material deportivo ....... | | | |481, |Pago diferido | | | | |32 |Medicamentos y material | | | |485, | e ingresos | | | | | | sanitario de consumo | | | |487, | anticipados .....| | | | |33 |Material de propaganda | | | |580, | | | | | |37 |Materiales para consumo | | | |586 | | | | | | | y reposición ............ | | | | | Resultados | | | | |39 |Menos provisiones por | | | | | | | | | | | depreciación de | | | |890 |Pérdidas y | | | | | | existencias | | | | | Ganancias | | | | | | | | | | |(Beneficios) .....| | | | | | | | | | | | | | | | | Deudores | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |430,431| | | | | | | | | | | 432 |Socios y abonados......... | | | | | | | | | |408 |Anticipos a proveedores .. | | | | | | | | | |418 |Anticipos a acreedores ... | | | | | | | | | |450,455|Efectos comerciales a | | | | | | | | | | | cobrar .................. | | | | | | | | | |440,441| | | | | | | | | | |442,443|Otros deudores por | | | | | | | | | |460,470| operaciones de trafico .. | | | | | | | | | |471,472| | | | | | | | | | |464 |Anticipos por gastos | | | | | | | | | | | a justificar ............ | | | | | | | | | |435,445|Socios, abonados y deudores| | | | | | | | | | | de dudoso cobro ......... | | | | | | | | | |494 |Menos provisiones para | | | | | | | | | | | insolvencias ............ | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | Cuentas financieras | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |530,531|Títulos con cotización | | | | | | | | | |532 | oficial ................. | | | | | | | | | |531,533|Títulos sin cotización | | | | | | | | | | | oficial ................. | | | | | | | | | |539 |Menos desembolsos | | | | | | | | | | | pendientes sobre acciones | | | | | | | | | |534 |Préstamos a plazo corto | | | | | | | | | |535,540|Otras inversiones | | | | | | | | | |545,551| financieras temporales | | | | | | | | | | 552 | | | | | | | | | | |593 |Menos provisiones para | | | | | | | | | | | depreciación de | | | | | | | | | | | inversiones financieras | | | | | | | | | | | temporales | | | | | | | | | |590 |Menos provisiones para | | | | | | | | | | | insolvencias | | | | | | | | | |570,571|Caja ..................... | | | | | | | | | |572,573|Bancos e Instituciones | | | | | | | | | | 574 | de crédito .............. | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | Situaciones transitorias | | | | | | | | | | | de financiación | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |195 |Obligaciones y bonos | | | | | | | | | | | pendientes de suscripción | | | | | | | | | |196 |Obligaciones y bonos | | | | | | | | | | | emitidos y recogidos .... | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |Ajustes por periodificación| | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |480,486|Pagos anticipados e | | | | | | | | | |581,585| ingresos diferidos....... | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | Resultados | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | |890 |Pérdidas y Ganancias | | | | | | | | | | | (pérdidas) .............. _______ | _______ | | | | | | | | | | | | 0 |Cuentas de orden y | | | | 0 |Cuentas de orden | | | | | | especiales .............. _______ | y especiales ...._______ | | | | | | | | | | | ___________________________________________________________________________

80. EXPLOTACION ___________________________________________________________________________ | | | | | | | | |30/37 |Existencias, saldos | | |30/37|Existencias, | | | | iniciales ............... | | | | saldos finales | | |39 | Provisiones por | | |39 |Provisiones por | | | | depreciación de existencias | | | | depreciación de | | | | dotación del ejercicio.... | | | | existencias del | | | | | | | | ejercicio | | | | | | | | anterior ...........| | |600/ |Compras .................. | | |70 |Ingresos por | | |604 | | | | | competiciones | | | | | | | | deportivas.........| | |608 | Menos devoluciones de | | | | | | | | compras ................. | | |71 |Ingresos por socios | | | | | | | | y abonados .........| | |61 | Gastos de personal ....... | | |72 |Ingresos por | | | | | | | | traspasos y | | |62 | Gastos financieros ....... | | | | cesiones de | | | | | | | | jugadores ..........| | |63 | Tributos ................. | | |73 |Ingresos accesorios | | | | | | | | de la explotación ..| | |64 | Trabajos, suministros y | | |74 |Ingresos financieros | | | | servicios exteriores .... | | | | | | |65 | Desplazamientos .......... | | |75 |Subvenciones a la | | | | | | | | explotación ........| | |66 | Gastos diversos .......... | | |77 |Venta de | | | | | | | | existencias ........| | |67 | Subvenciones a otros | | |79 |Provisiones | | | | clubes .................. | | | | aplicadas a su | | | | | | | | finalidad ..........| | |68 | Amortizaciones ........... | | |609 |«Rappels» por | | |69 | Provisiones .............. | | | | compras ...........| | |25-43-| Insolvencias de finitivas, | | | | | | |44-45-| sin dotación en la | | | | | | |53 | provisión correspondiente | | | | | | | | | | | | | | | | Saldo acreedor........ ___ | | Saldo deudor..... ______ | | | | | | | | | | Total ........... | | | | Total ...... | | | | | | | | | | ___________________________________________________________________________

82. RESULTADOS EXTRAORDINARIOS ___________________________________________________________________________ | | | | | | | | |196 |Diferencias entre el importe | | |150/ |Diferencias entre el | | | | de la adquisición y el de | | |159 | importe de la | | | | reembolso de títulos de | | | | adquisición y el | | | | renta fija emitidos por | | | | reembolso de títulos| | | | el propio club .......... | | | | de renta fija | | | | | | | | emitidos por el | | | | | | | | propio club ........| | |20/23 |Pérdidas producidas en la | | |180/ |Por incumplimiento de| | | | enajenación de elementos | | | 520 | las obligaciones | | | | del Inmovilizado ......... | | | | afianzadas ........| | |20/23 |Pérdidas extraordinarias | | |180/ |Por imcumplimiento de| | | | sufridas por bienes | | |520 | las obligaciones | | | | incluidos en el Inmovilizado| | | | afianzadas .........| | |211/ |Por pérdidas o depreciaciones| | |292 |Aplicación provisión | | |213 | (Inmovilizado inmaterial).. | | | | por depreciación de | | | | | | | | terrenos .......... | | |214 |Pérdidas sufridas por baja | | | | | | | | en el club................ | | | | | | |260/ |Por incumplimiento de | | | | | | | | obligaciones afianzadas .. | | | | | | |276 |Prima de amortización | | | | | | | | registrada en gastos | | | | | | | | financieros diferidos | | | | | | | | correspondientes a valores | | | | | | | | de renta fija emitidos por | | | | | | | | el club adquiridos por | | | | | | | | compras .................. | | | | | | |292 |Dotación anual provisión | | | | | | | | por depreciación de terrenos| | | | | | | | | | | | | | | | Saldo acreedor...........___ | | Saldo deudor..... ______ | | | | | | | | | | Total................| | | | Total......... | | | | | | | | | | ___________________________________________________________________________

83. RESULTADOS DE LA CARTERA DE VALORES ___________________________________________________________________________ | | | | | | | | |250/ |Por los de carácter negativo,| | |250/ |Por los de carácter | | |251/ | en operaciones de | | |251/ | positivo, en | | |530/ | enajenación ............... | | |530/ | operaciones de | | | | | | |533 | enajenación ........| | |293/ |Dotaciones en el ejercicio a | | |293/ | | | |593 | las provisiones para | | |593 |Dotaciones del | | | | depreciación de inversiones | | | | ejercicio anterior | | | | financieras ............... | | | | a las provisiones | | | | | | | | para depreciación de| | | | | | | | inversiones | | | | | | | | financieras ........| | | | | | | | | | | | Saldo acreedor ...... | | | | Saldo deudor ..... | | | | | | | | | | | | Total ........... | | | | Total ......... | | | | | | | | | | ___________________________________________________________________________

89. PERDIDAS Y GANANCIAS ___________________________________________________________________________ | | | | | | | | |80 |Explotación (saldo deudor) | | |80 |Explotación (salvo | | | | | | | | acreedor) ..........| | |82 |Resultados extraordinarios | | | | | | | | (saldo deudor)............ | | |82 |Resultados | | | | | | | | extraordinarios | | | | | | | | (saldo acreedor) ...| | |83 |Resultado de la Cartera de | | |83 |Resultado de la | | | | Valores (saldo deudor) .... | | | | cartera de Valores | | | | | | | | (saldo acreedor) ...| | | | | | | | | | | |Beneficio neto total | | | |Pérdida neta total | | | | (saldo acreedor) .......... ___ | | (saldo deudor) .....______ | | | | | | | | | | Total................. | | | | Total.............| | | | | | | | | | ___________________________________________________________________________

CUARTA PARTE

CRITERIOS DE VALORACION

En esta parte se incluyen sólo los específicos de estas normas de adaptación.

En general, los principios de valoración y los criterios valorativos aplicables a las distintas clases de bienes serán los establecidos en el Plan General de Contabilidad.

En particular, se tendrán en cuenta las siguientes normas:

1. Valoración de los derechos de adquisición de jugadores.

Se entiende por derechos de adquisición de jugadores el importe devengado por la adquisición del servicio de un determinado jugador (nacional o extranjero) procedente de otro Club.

En dicho importe se incluirán los compromisos adquiridos con el Club de procedencia del jugador, con otros Organismos deportivos y con el propio jugador, por las cantidades que le correspondan.

Este importe es independiente del contrato que puede firmarse entre el Club y el jugador por la prestación se sus servicios.

El criterio de amortización es el siguiente:

Los derechos de adquisición se amortizarán en función del tiempo de duración establecido en cada contrato.

También deberán contabilizar la depreciación extraordinaria en caso de que el jugador cause baja en el Club, cualquiera que sea su causa, por el importe que proceda amortizar y cuyo riesgo no esté previsto en la cuenta 120.

2. Moneda extranjera.

1) Las deudas en moneda extranjera a favor de terceros deben valorarse al tipo de cambio vigente en el mercado en el momento en que se perfeccione el contrato. De alterarse la paridad monetaria, el contravalor de la deuda se calculará al final del ejercicio en que la modificación se haya producido, aplicando el nuevo cambio resultante de la misma. De Idéntico modo se procederá en el caso de variaciones sustanciales en el tipo de cambio.

2) No obstante, las diferencias positivas o negativas que pudieran surgir por razones únicamente de las variaciones de cotización en el mercado, cuando por su cuantía no deban considerarse razonablemente como sustanciales, podrán tenerse en cuenta, bien al final de cada ejercicio o bien cuando se cancele la deuda.

3) Se aplicarán las mismas normas con respecto a los créditos con terceros a cobrar en moneda extranjera.

4) La moneda extranjera que pueda tener la Empresa, de acuerdo con la legislación vigente, será valorada al precio de adquisición o según la cotización en el mercado, si de ésta resultare un importe menor.